29 nov. 2025

Facturación

Crédito de DGI por tener facturación electrónica

Crédito de DGI por tener facturación electrónica

DGI otorga hasta $494 (80 UI) por mes de crédito fiscal a las empresas que contratan facturación electrónica con proveedores habilitados. Descubrí si tu empresa califica y cómo solicitar este beneficio, podrías estar dejando dinero arriba de la mesa.

La DGI está otorgando un crédito fiscal de hasta 80 Unidades Indexadas (UI) por mes a las empresas que contraten sistemas de facturación electrónica con proveedores habilitados, como Bill. El objetivo de este beneficio es cubrir el costo que tienen las empresas por contratar un sistema de facturación electrónica, lo cual es obligatorio desde el 1 de enero del 2025. Este beneficio será otorgado hasta el 31 de diciembre de 2025, por lo que todavía estás a tiempo de aprovecharlo.

¿En qué consiste el beneficio?

El beneficio consiste en un descuento mensual sobre el monto que tu empresa paga por el sistema de facturación electrónica, con un tope de 80 Unidades Indexadas (UI) por mes.

El tope del crédito está expresado en Unidades Indexadas porque se actualiza todos los años según la cotización de la UI, para 2025 el tope de 80 UI equivale a $494 por mes.

El crédito se empieza a generar desde el mes en que la DGI autoriza a tu empresa como emisor electrónico, y se mantiene mientras tengas contratado el sistema de facturación electrónica con un proveedor habilitado, dentro del período previsto que es hasta el 31 de diciembre del 2025.

¿Quiénes pueden solicitar el crédito?

El beneficio está pensado para empresas de menor capacidad económica que necesiten apoyo para incorporar la tecnología de facturación electrónica. Para poder solicitar el crédito, la empresa debe estar comprendida en una de las siguientes situaciones:

  • Empresas nuevas, que recién inician actividades.

  • Empresas que son contribuyentes de IVA mínimo (Pequeñas empresas, conocidas en la jerga como “Literal E”).

  • Empresas que hayan obtenido ingresos en el ejercicio anterior menores a 750.000 UI. Para convertir las UI a pesos uruguayos, se debe aplicar la cotización de la UI vigente al día de cierre de su ejercicio (actualmente, en 2025, 750.000 UI equivalen a $4.789.500 aproximadamente). Si el ejercicio anterior tuvo menos de 12 meses, los ingresos se prorratean a ese período para compararlos con el límite.

Quedan excluidas de este beneficio las empresas que tributan por Monotributo y Monotributo Social MIDES, incluso si utilizan facturación electrónica.

Para que tu empresa pueda acceder, además de informarle a tu proveedor de facturación que cumplís una de las tres condiciones mencionadas, debes asegurarte que el sistema de facturación electrónica que contrates sea brindado por un proveedor habilitado por DGI. Bill es un sistema de facturación electrónica habilitado por DGI, por lo tanto, puede otorgar el beneficio a sus usuarios.

¿Cómo se aplica el crédito en la práctica?

La forma de aplicar el crédito varía según el tipo de contribuyente:

Contribuyentes de IVA mínimo:

Si tu empresa es contribuyente de IVA mínimo, tu proveedor de facturación electrónica te descontará el importe del crédito directamente en el precio del servicio, lo verás reflejado en la e-Factura que te emite.

En este caso, el usuario del sistema de facturación electrónica ve reflejado el beneficio como un menor importe a pagar cada mes por el servicio, sin necesidad de hacer nada más de su parte.

El proveedor de facturación electrónica informa todos los meses a DGI el monto del crédito que otorgó a cada contribuyente, y lo descuenta en tu propia liquidación de IVA.

El sistema de facturación electrónica puede ser gratis para tu empresa:

Si el precio del servicio de facturación electrónica que contratas es menor al tope del crédito otorgado por DGI ($494), la contratación del sistema de facturación electrónica será gratis para tu empresa, no deberás pagarle nada a tu proveedor ya que el total de la factura quedará en $0.

En Bill, el plan inicial de facturación electrónica para los contribuyentes de IVA mínimo es gratis, y te permite emitir hasta 10 comprobantes por mes.

Restantes contribuyentes de IVA:

Si tu empresa es contribuyente de IVA general o de IVA servicios personales, primero pagás normalmente el servicio de facturación electrónica y luego tu proveedor de facturación electrónica informa todos los meses a DGI el monto del crédito que te corresponde y te entrega un e-Resguardo como respaldo.

¿Cómo verifico que mi proveedor me declaró el crédito en DGI?

Ingresá a tu usuario de DGI, dentro de la sección “Retenciones y Anticipos”, seleccioná la opción “Créditos informados Formulario 2181 - Consulta”. Si no aparece tu crédito para los meses que ya finalizaron, reclamá con tu proveedor de facturación electrónica.

¿Cómo uso el crédito?

El crédito fiscal podés utilizarlo para compensar el IVA que te corresponde pagar mensualmente a DGI, en la liquidación mensual de IVA debes descontar dicho crédito.

En este caso, el usuario del sistema de facturación electrónica ve reflejado el beneficio como un menor importe a pagar cada mes en su liquidación de IVA.

El sistema de facturación electrónica puede ser gratis para tu empresa:

Si el precio del servicio de facturación electrónica que contratas es menor al tope del crédito otorgado por DGI ($494), la contratación del sistema de facturación electrónica será gratis para tu empresa, el total que le pagás al proveedor con IVA incluido luego lo descontás en tu liquidación de IVA.

En Bill, el plan inicial de facturación electrónica para los contribuyentes de IVA termina siendo gratis, y te permite emitir hasta 10 comprobantes por mes. Este plan vale $494 + IVA ($603 es el total con IVA incluido), y luego tu empresa podrá descontar esos $603 en su liquidación de IVA.

¿Qué pasa si me sobra crédito?

Si te queda un excedente del crédito que no pudiste descontar en tu liquidación de IVA, podés arrastrarlo a los siguientes meses. Si te queda un excedente del crédito al cierre del ejercicio, podés solicitar certificados de crédito a DGI, los cuales podrás utilizar para pagar impuestos a DGI o aportes a BPS los años siguientes.

¿Dónde informo el crédito en mi Declaración Jurada?

El importe total del crédito que te corresponde por el ejercicio, debes informarlo en la Declaración Jurada de IVA que presente tu empresa:

  • En el formulario 2178 y 1376, el crédito se informa en la línea 91.

  • En el formulario 1302, el crédito se informa en la línea 357.

  • En el formulario 1306, el crédito se informa en la línea 460.

¿Qué pasos debo seguir para aprovechar el crédito?

Para utilizar este beneficio en la práctica debes seguir los siguientes pasos:

  1. Cumplir el requisito para calificar: tu empresa debe cumplir una de las tres condiciones mencionadas: ser una empresa nueva, ser literal E, o tener ingresos menores a 750.000 UI en el ejercicio anterior.

  2. Contratar un sistema de facturación electrónica habilitado: tu empresa debe elegir un proveedor de facturación electrónica habilitado por DGI.

  3. Solicitar al proveedor aplicar el beneficio: tu empresa debe comunicarle a su proveedor de facturación electrónica cuál de los tres requisitos cumple y que quiere acceder al crédito. Este paso es muy importante, porque la mayoría de proveedores de facturación electrónica no te lo consultan para no complicarse. En Bill, es lo primero que te consultamos al momento de contratar nuestros planes, porque no queremos que tu empresa deje dinero arriba de la mesa.

Si querés implementar facturación electrónica o cambiarte de sistema y aprovechar este descuento, registrate en Bill y te contactamos.

La DGI está otorgando un crédito fiscal de hasta 80 Unidades Indexadas (UI) por mes a las empresas que contraten sistemas de facturación electrónica con proveedores habilitados, como Bill. El objetivo de este beneficio es cubrir el costo que tienen las empresas por contratar un sistema de facturación electrónica, lo cual es obligatorio desde el 1 de enero del 2025. Este beneficio será otorgado hasta el 31 de diciembre de 2025, por lo que todavía estás a tiempo de aprovecharlo.

¿En qué consiste el beneficio?

El beneficio consiste en un descuento mensual sobre el monto que tu empresa paga por el sistema de facturación electrónica, con un tope de 80 Unidades Indexadas (UI) por mes.

El tope del crédito está expresado en Unidades Indexadas porque se actualiza todos los años según la cotización de la UI, para 2025 el tope de 80 UI equivale a $494 por mes.

El crédito se empieza a generar desde el mes en que la DGI autoriza a tu empresa como emisor electrónico, y se mantiene mientras tengas contratado el sistema de facturación electrónica con un proveedor habilitado, dentro del período previsto que es hasta el 31 de diciembre del 2025.

¿Quiénes pueden solicitar el crédito?

El beneficio está pensado para empresas de menor capacidad económica que necesiten apoyo para incorporar la tecnología de facturación electrónica. Para poder solicitar el crédito, la empresa debe estar comprendida en una de las siguientes situaciones:

  • Empresas nuevas, que recién inician actividades.

  • Empresas que son contribuyentes de IVA mínimo (Pequeñas empresas, conocidas en la jerga como “Literal E”).

  • Empresas que hayan obtenido ingresos en el ejercicio anterior menores a 750.000 UI. Para convertir las UI a pesos uruguayos, se debe aplicar la cotización de la UI vigente al día de cierre de su ejercicio (actualmente, en 2025, 750.000 UI equivalen a $4.789.500 aproximadamente). Si el ejercicio anterior tuvo menos de 12 meses, los ingresos se prorratean a ese período para compararlos con el límite.

Quedan excluidas de este beneficio las empresas que tributan por Monotributo y Monotributo Social MIDES, incluso si utilizan facturación electrónica.

Para que tu empresa pueda acceder, además de informarle a tu proveedor de facturación que cumplís una de las tres condiciones mencionadas, debes asegurarte que el sistema de facturación electrónica que contrates sea brindado por un proveedor habilitado por DGI. Bill es un sistema de facturación electrónica habilitado por DGI, por lo tanto, puede otorgar el beneficio a sus usuarios.

¿Cómo se aplica el crédito en la práctica?

La forma de aplicar el crédito varía según el tipo de contribuyente:

Contribuyentes de IVA mínimo:

Si tu empresa es contribuyente de IVA mínimo, tu proveedor de facturación electrónica te descontará el importe del crédito directamente en el precio del servicio, lo verás reflejado en la e-Factura que te emite.

En este caso, el usuario del sistema de facturación electrónica ve reflejado el beneficio como un menor importe a pagar cada mes por el servicio, sin necesidad de hacer nada más de su parte.

El proveedor de facturación electrónica informa todos los meses a DGI el monto del crédito que otorgó a cada contribuyente, y lo descuenta en tu propia liquidación de IVA.

El sistema de facturación electrónica puede ser gratis para tu empresa:

Si el precio del servicio de facturación electrónica que contratas es menor al tope del crédito otorgado por DGI ($494), la contratación del sistema de facturación electrónica será gratis para tu empresa, no deberás pagarle nada a tu proveedor ya que el total de la factura quedará en $0.

En Bill, el plan inicial de facturación electrónica para los contribuyentes de IVA mínimo es gratis, y te permite emitir hasta 10 comprobantes por mes.

Restantes contribuyentes de IVA:

Si tu empresa es contribuyente de IVA general o de IVA servicios personales, primero pagás normalmente el servicio de facturación electrónica y luego tu proveedor de facturación electrónica informa todos los meses a DGI el monto del crédito que te corresponde y te entrega un e-Resguardo como respaldo.

¿Cómo verifico que mi proveedor me declaró el crédito en DGI?

Ingresá a tu usuario de DGI, dentro de la sección “Retenciones y Anticipos”, seleccioná la opción “Créditos informados Formulario 2181 - Consulta”. Si no aparece tu crédito para los meses que ya finalizaron, reclamá con tu proveedor de facturación electrónica.

¿Cómo uso el crédito?

El crédito fiscal podés utilizarlo para compensar el IVA que te corresponde pagar mensualmente a DGI, en la liquidación mensual de IVA debes descontar dicho crédito.

En este caso, el usuario del sistema de facturación electrónica ve reflejado el beneficio como un menor importe a pagar cada mes en su liquidación de IVA.

El sistema de facturación electrónica puede ser gratis para tu empresa:

Si el precio del servicio de facturación electrónica que contratas es menor al tope del crédito otorgado por DGI ($494), la contratación del sistema de facturación electrónica será gratis para tu empresa, el total que le pagás al proveedor con IVA incluido luego lo descontás en tu liquidación de IVA.

En Bill, el plan inicial de facturación electrónica para los contribuyentes de IVA termina siendo gratis, y te permite emitir hasta 10 comprobantes por mes. Este plan vale $494 + IVA ($603 es el total con IVA incluido), y luego tu empresa podrá descontar esos $603 en su liquidación de IVA.

¿Qué pasa si me sobra crédito?

Si te queda un excedente del crédito que no pudiste descontar en tu liquidación de IVA, podés arrastrarlo a los siguientes meses. Si te queda un excedente del crédito al cierre del ejercicio, podés solicitar certificados de crédito a DGI, los cuales podrás utilizar para pagar impuestos a DGI o aportes a BPS los años siguientes.

¿Dónde informo el crédito en mi Declaración Jurada?

El importe total del crédito que te corresponde por el ejercicio, debes informarlo en la Declaración Jurada de IVA que presente tu empresa:

  • En el formulario 2178 y 1376, el crédito se informa en la línea 91.

  • En el formulario 1302, el crédito se informa en la línea 357.

  • En el formulario 1306, el crédito se informa en la línea 460.

¿Qué pasos debo seguir para aprovechar el crédito?

Para utilizar este beneficio en la práctica debes seguir los siguientes pasos:

  1. Cumplir el requisito para calificar: tu empresa debe cumplir una de las tres condiciones mencionadas: ser una empresa nueva, ser literal E, o tener ingresos menores a 750.000 UI en el ejercicio anterior.

  2. Contratar un sistema de facturación electrónica habilitado: tu empresa debe elegir un proveedor de facturación electrónica habilitado por DGI.

  3. Solicitar al proveedor aplicar el beneficio: tu empresa debe comunicarle a su proveedor de facturación electrónica cuál de los tres requisitos cumple y que quiere acceder al crédito. Este paso es muy importante, porque la mayoría de proveedores de facturación electrónica no te lo consultan para no complicarse. En Bill, es lo primero que te consultamos al momento de contratar nuestros planes, porque no queremos que tu empresa deje dinero arriba de la mesa.

Si querés implementar facturación electrónica o cambiarte de sistema y aprovechar este descuento, registrate en Bill y te contactamos.

La DGI está otorgando un crédito fiscal de hasta 80 Unidades Indexadas (UI) por mes a las empresas que contraten sistemas de facturación electrónica con proveedores habilitados, como Bill. El objetivo de este beneficio es cubrir el costo que tienen las empresas por contratar un sistema de facturación electrónica, lo cual es obligatorio desde el 1 de enero del 2025. Este beneficio será otorgado hasta el 31 de diciembre de 2025, por lo que todavía estás a tiempo de aprovecharlo.

¿En qué consiste el beneficio?

El beneficio consiste en un descuento mensual sobre el monto que tu empresa paga por el sistema de facturación electrónica, con un tope de 80 Unidades Indexadas (UI) por mes.

El tope del crédito está expresado en Unidades Indexadas porque se actualiza todos los años según la cotización de la UI, para 2025 el tope de 80 UI equivale a $494 por mes.

El crédito se empieza a generar desde el mes en que la DGI autoriza a tu empresa como emisor electrónico, y se mantiene mientras tengas contratado el sistema de facturación electrónica con un proveedor habilitado, dentro del período previsto que es hasta el 31 de diciembre del 2025.

¿Quiénes pueden solicitar el crédito?

El beneficio está pensado para empresas de menor capacidad económica que necesiten apoyo para incorporar la tecnología de facturación electrónica. Para poder solicitar el crédito, la empresa debe estar comprendida en una de las siguientes situaciones:

  • Empresas nuevas, que recién inician actividades.

  • Empresas que son contribuyentes de IVA mínimo (Pequeñas empresas, conocidas en la jerga como “Literal E”).

  • Empresas que hayan obtenido ingresos en el ejercicio anterior menores a 750.000 UI. Para convertir las UI a pesos uruguayos, se debe aplicar la cotización de la UI vigente al día de cierre de su ejercicio (actualmente, en 2025, 750.000 UI equivalen a $4.789.500 aproximadamente). Si el ejercicio anterior tuvo menos de 12 meses, los ingresos se prorratean a ese período para compararlos con el límite.

Quedan excluidas de este beneficio las empresas que tributan por Monotributo y Monotributo Social MIDES, incluso si utilizan facturación electrónica.

Para que tu empresa pueda acceder, además de informarle a tu proveedor de facturación que cumplís una de las tres condiciones mencionadas, debes asegurarte que el sistema de facturación electrónica que contrates sea brindado por un proveedor habilitado por DGI. Bill es un sistema de facturación electrónica habilitado por DGI, por lo tanto, puede otorgar el beneficio a sus usuarios.

¿Cómo se aplica el crédito en la práctica?

La forma de aplicar el crédito varía según el tipo de contribuyente:

Contribuyentes de IVA mínimo:

Si tu empresa es contribuyente de IVA mínimo, tu proveedor de facturación electrónica te descontará el importe del crédito directamente en el precio del servicio, lo verás reflejado en la e-Factura que te emite.

En este caso, el usuario del sistema de facturación electrónica ve reflejado el beneficio como un menor importe a pagar cada mes por el servicio, sin necesidad de hacer nada más de su parte.

El proveedor de facturación electrónica informa todos los meses a DGI el monto del crédito que otorgó a cada contribuyente, y lo descuenta en tu propia liquidación de IVA.

El sistema de facturación electrónica puede ser gratis para tu empresa:

Si el precio del servicio de facturación electrónica que contratas es menor al tope del crédito otorgado por DGI ($494), la contratación del sistema de facturación electrónica será gratis para tu empresa, no deberás pagarle nada a tu proveedor ya que el total de la factura quedará en $0.

En Bill, el plan inicial de facturación electrónica para los contribuyentes de IVA mínimo es gratis, y te permite emitir hasta 10 comprobantes por mes.

Restantes contribuyentes de IVA:

Si tu empresa es contribuyente de IVA general o de IVA servicios personales, primero pagás normalmente el servicio de facturación electrónica y luego tu proveedor de facturación electrónica informa todos los meses a DGI el monto del crédito que te corresponde y te entrega un e-Resguardo como respaldo.

¿Cómo verifico que mi proveedor me declaró el crédito en DGI?

Ingresá a tu usuario de DGI, dentro de la sección “Retenciones y Anticipos”, seleccioná la opción “Créditos informados Formulario 2181 - Consulta”. Si no aparece tu crédito para los meses que ya finalizaron, reclamá con tu proveedor de facturación electrónica.

¿Cómo uso el crédito?

El crédito fiscal podés utilizarlo para compensar el IVA que te corresponde pagar mensualmente a DGI, en la liquidación mensual de IVA debes descontar dicho crédito.

En este caso, el usuario del sistema de facturación electrónica ve reflejado el beneficio como un menor importe a pagar cada mes en su liquidación de IVA.

El sistema de facturación electrónica puede ser gratis para tu empresa:

Si el precio del servicio de facturación electrónica que contratas es menor al tope del crédito otorgado por DGI ($494), la contratación del sistema de facturación electrónica será gratis para tu empresa, el total que le pagás al proveedor con IVA incluido luego lo descontás en tu liquidación de IVA.

En Bill, el plan inicial de facturación electrónica para los contribuyentes de IVA termina siendo gratis, y te permite emitir hasta 10 comprobantes por mes. Este plan vale $494 + IVA ($603 es el total con IVA incluido), y luego tu empresa podrá descontar esos $603 en su liquidación de IVA.

¿Qué pasa si me sobra crédito?

Si te queda un excedente del crédito que no pudiste descontar en tu liquidación de IVA, podés arrastrarlo a los siguientes meses. Si te queda un excedente del crédito al cierre del ejercicio, podés solicitar certificados de crédito a DGI, los cuales podrás utilizar para pagar impuestos a DGI o aportes a BPS los años siguientes.

¿Dónde informo el crédito en mi Declaración Jurada?

El importe total del crédito que te corresponde por el ejercicio, debes informarlo en la Declaración Jurada de IVA que presente tu empresa:

  • En el formulario 2178 y 1376, el crédito se informa en la línea 91.

  • En el formulario 1302, el crédito se informa en la línea 357.

  • En el formulario 1306, el crédito se informa en la línea 460.

¿Qué pasos debo seguir para aprovechar el crédito?

Para utilizar este beneficio en la práctica debes seguir los siguientes pasos:

  1. Cumplir el requisito para calificar: tu empresa debe cumplir una de las tres condiciones mencionadas: ser una empresa nueva, ser literal E, o tener ingresos menores a 750.000 UI en el ejercicio anterior.

  2. Contratar un sistema de facturación electrónica habilitado: tu empresa debe elegir un proveedor de facturación electrónica habilitado por DGI.

  3. Solicitar al proveedor aplicar el beneficio: tu empresa debe comunicarle a su proveedor de facturación electrónica cuál de los tres requisitos cumple y que quiere acceder al crédito. Este paso es muy importante, porque la mayoría de proveedores de facturación electrónica no te lo consultan para no complicarse. En Bill, es lo primero que te consultamos al momento de contratar nuestros planes, porque no queremos que tu empresa deje dinero arriba de la mesa.

Si querés implementar facturación electrónica o cambiarte de sistema y aprovechar este descuento, registrate en Bill y te contactamos.